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Fe Pública Notarial Virtual, CDMX VS PUEBLA

LEGISLACIÓN PARA EL ESTADO DE PUEBLA Y CDMX

30 DE NOVIEMBRE DE 2025/JJC


El Notariado de tipo Latino ha funcionado durante siglos bajo el inmutable Principio de Inmediación, la obligación de la presencia física que garantiza la certeza del acto. Sin embargo, la revolución digital exige una adaptación profunda: ¿es posible que la Fe Pública se ejerza a distancia sin comprometer su seguridad jurídica? Este es el dilema que hoy fragmenta el sistema legal mexicano.


Mientras algunas entidades, como la Ciudad de México, han apostado por un modelo de Actuación Digital Plena (sustituyendo la presencia con biometría y sistemas seguros), otras, como Puebla, mantienen una adhesión estricta a la inmediación física, utilizando la tecnología solo como un archivo de respaldo. Esta divergencia crea una brecha de certeza y plantea una pregunta fundamental: ¿Cómo debe México homologar su notariado para alcanzar la eficiencia del modelo estonio sin sacrificar su seguridad tradicional?


La carga del Principio de Inmediación

Durante décadas, el Notariado Latino ha dependido de un pilar innegociable: el Principio de Inmediación. Este principio exige la presencia física, personal y permanente del Notario ante el otorgante. ¿Por qué es tan estricto? Porque la presencia garantiza tres elementos esenciales que dan validez al acto:


  1. Identidad: El Notario verifica de visu la identidad del compareciente.

  2. Capacidad y consentimiento: Evalúa el libre albedrío y se asegura de que la voluntad se manifiesta sin coacción.

  3. Legalidad: El acto se perfecciona legalmente en ese momento y lugar.


Con el auge de la Fe Pública Notarial Virtual, este principio choca con la realidad del siglo XXI. El desafío es: ¿Cómo garantizamos la identidad y el consentimiento cuando hay distancia física? 


La fragmentación de la Fe Pública en México: CDMX vs. Puebla

En México, la falta de un marco normativo federal armonizado ha llevado a las entidades a adoptar soluciones diametralmente opuestas, creando una gran disparidad que amenaza la uniformidad de la Fe Pública.


Notario
La viabilidad de la Fe Pública Remota se garantiza mediante la tecnología, tal como lo ejemplifica la CDMX al requerir la Firma Electrónica para la Actuación Digital Notarial (FEADN) y la autenticación biométrica para el ciudadano , sustituyendo las garantías de la presencia física.

1. El Modelo Vanguardista: Ciudad de México (CDMX)

La CDMX ha abrazado la tecnología con un modelo de Actuación Digital Plena.


  • Matriz Electrónica Prevalente: El Protocolo Digital es la matriz original del acto. Si hay discrepancia, la matriz electrónica (cifrada) es la que prevalece. Esto es una ruptura con el papel.


  • Inmediación Sustituida: La comparecencia remota es legalmente permitida. El Notario cumple su deber de inmediato y asesoría mediante videoconferencia supervisada.


  • Garantía de Identidad: La identidad del ciudadano se valida con la Firma Electrónica para la Actuación Digital Notarial (FEADN) y un proceso de registro con datos biométricos.


CDMX
La falta de un marco normativo federal armonizado ha dividido a México en modelos opuestos: la Actuación Digital Plena de la CDMX (que sustituye la inmediación con biometría y Protocolo Digital) frente al modelo de Digitalización de Archivos de Puebla (que exige la presencia física y da primacía al documento en papel).

2. El modelo conservador: Puebla

Puebla, en cambio, mantiene un enfoque cauteloso de Digitalización de Archivos.


  • Primacía del papel: Aunque reconoce el Protocolo Electrónico como respaldo , la ley establece que, en caso de discrepancia, el soporte en papel prevalece. El documento digital es una copia de seguridad, no la matriz irrefutable.


  • Exclusión de lo remoto: La ley poblana es categórica al exigir la "presencia del Notario de forma permanente". No existe la figura de la FEADN , lo que significa que el ciudadano debe comparecer físicamente para firmar de forma autógrafa.



Notario público
El Notariado Latino enfrenta un dilema fundamental: la necesidad de mantener el Principio de Inmediación (presencia física para garantizar identidad y consentimiento) choca con la demanda de la Fe Pública Notarial Virtual (realizar actos a distancia).

Conclusión: Un llamado a la homologación federal

La disparidad actual crea inseguridad jurídica. La solución no es que CDMX retroceda, sino que Puebla y otras entidades avancen bajo un marco federal común.


Es urgente una Ley Marco Federal de Actuación Notarial Digital que establezca:


  1. Uniformar la Matriz: Adopción obligatoria del Protocolo Digital.

  2. Estandarizar la Inmediación: Uso de la Autenticación Biométrica y FEADN para el compareciente.


La tecnología está lista; es el marco legal el que debe evolucionar para servir a la ciudadanía de forma eficiente y segura.



En EDICTO SIGLO XXI te apoyamos para que hagas valer tus derechos, y tomes decisiones de manera preventiva, y te asesoramos de manera personalizada.


Podemos orientarte legalmente, contáctanos:



REFERENCIAS:

Ley del Notariado para la Ciudad de México. (2018, 11 de junio). Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Última reforma publicada el 29 de noviembre de 2024.


Ley del Notariado para el Estado de Puebla. (2021, 5 de marzo). Periódico Oficial del Estado de Puebla.


Reglamento de la Ley del Notariado en la Ciudad de México. (2024, 25 de septiembre). Gaceta Oficial de la Ciudad de México.


Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla. (2024, 16 de mayo). Periódico Oficial del Estado de Puebla.



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