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Trabajo para las mujeres, ¿Qué dice la normativa mexicana?

LEGISLACIÓN FEDERAL

14 DE SEPTIEMBRE DE 2025/JJC

En un mundo en constante evolución, la legislación laboral en México ha dado pasos importantes para garantizar la equidad y la protección de las mujeres en el ámbito profesional. Si bien el principio de igualdad es el pilar de toda relación laboral, la Ley Federal del Trabajo (LFT) va más allá, estableciendo garantías específicas que reconocen y protegen las realidades únicas de la mujer trabajadora.


Esta entrada de blog es una guía práctica para que conozcas los artículos clave que te otorgan derechos y blindan tu integridad en el mundo laboral.


El principio de la igualdad: La base de todo

El punto de partida de toda protección legal se encuentra en la igualdad de derechos. El artículo 164 de la LFT lo establece de forma clara: "Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres...".


Este principio no es solo una declaración, sino una garantía que asegura que el género no puede ser motivo de discriminación para acceder a un puesto, recibir un salario o tener las mismas oportunidades de crecimiento profesional que un hombre.

Trabajdoras
La LFT tiene como propósito fundamental proteger a las mujeres embarazadas y a las madres trabajadoras. Les otorga derechos específicos como descanso de 12 semanas (seis antes y seis después del parto).

La protección de la maternidad: Una prioridad legal

La LFT dedica un capítulo entero a la protección de la maternidad, reconociendo el papel de las mujeres en la gestación y el cuidado infantil. El artículo 165 lo resume: "Las modalidades que se consignan en este capítulo tienen como propósito fundamental, la protección de la maternidad."


Aquí te detallamos los derechos más importantes:

  • Descanso por maternidad: El artículo 170, fracción II, establece el derecho a un descanso de seis semanas antes y seis semanas después del parto. Lo mejor de todo es que este periodo se otorga con goce de salario íntegro, tal como lo indica la fracción V. Este descanso se puede prorrogar si existen complicaciones.

  • Periodo de lactancia: La fracción IV del mismo artículo 170 otorga a las madres trabajadoras el derecho a dos reposos extraordinarios de media hora cada uno, durante un máximo de seis meses para alimentar a sus hijos.

  • Derecho a regresar al puesto: El artículo 170, fracción VI, garantiza que la trabajadora tiene derecho a regresar al puesto que desempeñaba antes del descanso, siempre y cuando no haya transcurrido más de un año desde la fecha del parto.

Maternidad
La ley impone restricciones directas a los patrones para evitar la discriminación. Prohíbe, por ejemplo, exigir pruebas de embarazo para la contratación, despedir a una trabajadora por estar embarazada.

Labores peligrosas e insalubres: El blindaje por tu salud

La LFT protege a las mujeres embarazadas y lactantes de realizar actividades que puedan poner en riesgo su salud o la de sus hijos. El artículo 166 prohíbe el trabajo en labores insalubres o peligrosas, así como el trabajo nocturno industrial. El artículo 167 define específicamente cuáles son estos trabajos, incluyendo aquellos que afectan la salud física y mental por las condiciones del entorno o la materia prima utilizada.


Además, el artículo 168 establece que, en caso de una contingencia sanitaria (como lo vivimos recientemente), no se puede utilizar el trabajo de las mujeres en periodos de gestación o lactancia, sin que ello perjudique su salario o prestaciones.

Insalubre
La ley resguarda la salud de la mujer y su hijo durante el embarazo y la lactancia. Prohíbe que las trabajadoras realicen labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial o en lugares que puedan afectar su salud física y mental.

Prohibiciones para los patrones

La ley también impone restricciones claras a los empleadores para prevenir la discriminación. Si bien no se encuentra en el citado capítulo, el artículo 133 de la LFT prohíbe expresamente a los patrones:

  • Negarse a contratar a mujeres por su género, estado civil o condición de embarazo.

  • Exigir un certificado médico de no embarazo como requisito de contratación o permanencia.

  • Despedir o presionar a una mujer para que renuncie por el simple hecho de estar embarazada, cambiar de estado civil o tener hijos.


Otros derechos importantes de las mujeres trabajadoras

Para complementar, la LFT también garantiza otros derechos de gran valor:

  • Servicios de guardería: El Artículo 171 establece que las trabajadoras tienen derecho a los servicios de guardería infantil que presta el IMSS.

  • Asientos en el lugar de trabajo: El Artículo 172 obliga a los patrones a mantener un número suficiente de sillas o asientos a disposición de las trabajadoras en sus establecimientos.


Conclusión

El marco legal en México es claro: las mujeres tienen derechos laborales específicos que las protegen y procuran. Conocer estos artículos de la Ley Federal del Trabajo no solo es una herramienta invaluable, sino el primer paso para exigir un entorno laboral justo y equitativo. Si estás en una situación de vulnerabilidad, recuerda que la ley está de tu lado.


En EDICTO SIGLO XXI te asesoramos para que hagas valer tus derechos laborales y recibas las prestaciones que por ley te corresponden.


Podemos orientarte y apoyarte legalmente, contáctanos:



REFERENCIAS:

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025). Ley Federal del Trabajo. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf 

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